Este beneficio está establecido en la Ley N°20.568, publicada en el Diario Oficial el 31 de enero de 2012 y está dirigido a quienes ejerzan funciones de vocal de mesa receptora de sufragio, como para los miembros del Colegio Escrutador y Secretarios del Colegio Escrutador, en cualquier tipo de elección pública, así como pago por capacitación, la primera vez que ejerzan el cargo de vocal de mesa.
Personas naturales.
Dos tercios de la Unidad Fomento (UF) para vocales de mesa y 0,23 UF, en el caso de los vocales capacitados por primera vez.
- Haber cumplido la labor de vocal de mesa o miembro de Colegio Escrutador
- Haber completado el formulario que se dispuso en los locales de votación.
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¿Cómo se paga el beneficio?
- Depósito cuenta bancaria
- Pago por caja Banco Estado o BancoEstado Express
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El pago se realizará aproximadamente un mes después de realizada la elección
5 años, adjuntando el acta de constitución de la mesa donde ejerció funciones.
- Ingrese a www.tgr.cl, sección "Qué necesitas"
- Seleccionar "Revisar mis pagos recibidos"
- Selecciona el pago que quieres revisa
- Ingresa claveúnica o clave tributaria
Puedes dirigirte a cualquier oficina de Tesorería y una analista te orientará
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