Noticia Importante para ti: Se amplia el subsidio del ingreso mínimo mensual para Mipymes. Estará disponible en la página del SII desde el 14 de junio |
Establécese un subsidio temporal, de carácter mensual para el pago del ingreso mínimo mensual contemplado en esta ley, de cargo fiscal. Este pago es realizado por la Tesorería General de la República (TGR).
- Las personas naturales y jurídicas, incluyendo cooperativas, que hayan informado inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos, y que tengan ingresos anuales por ventas y servicios del giro superiores a 0,01 unidades de fomento e iguales o inferiores a 100.000 de las mismas unidades, contabilizados según las reglas que se expresan en la ley N° 21.456.
- Personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades, constituidas hasta el 30 de abril de 2022. En el caso que no registren ingresos anuales por ventas y servicios, serán consideradas como microempresas para los efectos de ley 21.456
Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos (SII) verificar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento del subsidio. El Servicio de Impuestos Internos (SII) le informará a la Tesorería General de la República (TGR) para que proceda a pagarlo, según el medio de pago por el que haya optado el beneficiario o la beneficiaria, entre aquellos disponibles
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El primer pago se realizará en el plazo de quince días corridos, contado desde la fecha en que el Servicio de Impuestos Internos comunique la procedencia del subsidio respectivo al beneficiario o la beneficiaria, y los pagos siguientes se realizarán el último día hábil del mes respectivo. En ningún caso podrá transcurrir más de treinta días entre la solicitud y el primer pago del subsidio.
IMPORTANTE: Facultase a la Tesorería General de la República para compensar y retener cualquier pago o devolución y realizar las acciones de cobranza judicial y extrajudicial que sean procedentes para obtener la devolución de cualquier monto del subsidio contemplado en este Título obtenido por el beneficiario o la beneficiaria sin cumplir con los requisitos legales o por un monto mayor al que le corresponda, según lo determine el Servicio de Impuestos Internos.