La Ley 21.242 permite a los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios electrónicas y los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios en papel, que paguen su auto retención de impuestos mensualmente, a través del formulario F29. Esto es, que, sobre la base del promedio de sus boletas emitidas en los últimos 12 meses.
Sólo aplicará hasta 50% de descuento a quienes, teniendo derecho al beneficio, mantengan deudas por concepto de pensión alimenticia notificadas a tesorería por los tribunales correspondiente .
El cálculo del beneficio es realizado por SII .
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- Independientes que emiten boletas de honorarios electrónicas y en papel, que paguen su auto retención de impuestos mensualmente, a través del formulario F29.
- Contribuyentes tiene otros ingresos por remuneraciones, retiros, dividendos u otros, igualmente puede acceder a este beneficio si cumple con los requisitos.
- Haber emitido boletas de honorarios en al menos 3 meses durante los últimos 12 meses (abril de 2019 a marzo de 2020)
- Haber emitido boletas de honorarios en al menos 6 meses, durante los últimos 24 meses anteriores (abril 2018 a marzo de 2020. En ambo casos, las boletas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.
- Que en el mes anterior en que solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios se hayan reducido al menos en 30% respecto del promedio de ingresos en los últimos 12 meses (abril de 2019 a marzo de 2020).
- Si el contribuyente tiene otros ingresos por remuneraciones, retiros, dividendos u otros, igualmente puede acceder al beneficio.
TGR informó que los montos solicitados por los independientes serán depositados en su cuenta bancaria personal informada por SII en un plazo de 10 días hábiles. si usted modificó la cuenta bancaria de manera posterior a la solicitud en SII, tomamos la última cuenta vigente .En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información y personas jurídicas (E.I.R.L) serán pagados por caja, en BancoEstado, institución que ha habilitado el traspaso en línea para sus clientes poseedores de cuenta corriente o RUT, o cheques en caso de personas jurídicas .
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Ley N° 21.242
Por Internet, debes:
1.Revisa si cumples con los requisitos informados por el SII , pinche AQUÍ
2.Actualiza tus datos bancarios ,recuerda que debes ingresar los datos de TU CUENTA PERSONAL(no de cuentas de terceros ni cuentas familiares).actualiza tus datos bancarios pinchando AQUÍ.
3. Ingresa a sii.cl con tu RUT y Clave Tributaria (SII), revisa y completa la información necesaria para recibir tu beneficio.
Más información sobre el beneficio en el sitio web www.sii.cl