El Fondo Nacional de Salud, tiene la tuición y fiscalización de la Modalidad Libre Elección; y la potestad sancionatoria, respecto de los prestadores inscritos en la Modalidad Libre Elección que cometan infracciones, incumplimientos y vulneraciones de las disposiciones que regulan dicha modalidad. Entre las sanciones que puede imponer este organismo, a la Modalidad Libre Elección se encuentra la multa a beneficio fiscal, que no podrá exceder de 500 UF.
Prestadores de Fonasa, en modalidad “libre elección”, que han sido previamente fiscalizados, y sancionados por infracción a la modalidad de libre elección.
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