Permite a los contribuyentes pagar a la Tesorería General de la República (TGR) el valor de la patente de energía geotérmica.
La concesión, otorgada por el Ministerio de Energía, permite la exploración y explotación del calor natural de la tierra. No incluye a las aguas termales, minerales o no minerales que se utilicen para fines sanitarios, turísticos o de esparcimiento.
Este permiso implica el pago de una patente anual, equivalente a un décimo de Unidad Tributaria Mensual (UTM/10) por cada hectárea completa de la concesión.
La primera patente se paga en forma proporcional, mientras que las multas por infracciones no detalladas en la ley que regula las concesiones geotérmicas son determinadas por el Ministerio de Minería. El pago se debe realizar en marzo de cada año.
Si el titular de la patente no paga en el plazo establecido, a partir del 1 de abril de cada año podrá realizar el trámite, pero con un recargo del 10% de su valor más el 5% adicional por cada mes de atraso. En caso de no pagar durante dos períodos consecutivos, se extinguen los derechos de la concesión.
Personas naturales o jurídicas que posean una concesión de exploración y explotación de energía geotérmica.
No es necesario ningún documento.
En Tesorería los tramites son sin costo para tí |
Internet y Presencial
- Ingresa a tgr.cl, secciones destacadas.
- Ingresa a la opción “Pagar Impuestos y Obligaciones”
- Seleccionar la pestaña MULTAS
- Ingresar a la opción “Patentes Geotérmicas”
- Ingresa el rut de la persona que paga la multa
- En el código 15 ingresa la fecha de pago.
- Ingresa el valor de la multa en el código 440 (PAT. Geotérmicas)
- No olvides llenar los campos obligatorios (son los marcados con asterisco rojo)
Dirígete a cualquier oficina de TGR y un analista te orientará en tu consulta.
El trámite está disponible durante todo el año, sólo días hábiles para trámite en oficina.
Ley N° 19.657