Permite a Personas Naturales y Jurídicas, solicitar la devolución de rentas retenidas en procesos de liquidación / quiebras que se encuentren judicialmente terminados.
¿A quién está dirigido?
Personal Naturales y Jurídicas que se encuentren en procesos de liquidación / quiebras judicialmente terminados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Persona Natural: ClaveÚnica o Tributaria
- Persona Jurídica: Clave Tributaria. El Representante Legal o Apoderado de Persona Jurídica NO debe ingresar la solicitud con su clave única personal.
Solicitud en línea:
En caso de proceder la devolución de rentas retenidas, el pago se realizará a la cuenta bancaria que usted tiene registrada en Tesorería General de la República, en caso de no poseer información se emitirá pago por caja que se puede cobrar en efectivo en sucursales de Banco Estado para Personas Naturales con montos inferiores a $3.000.000 y mediante cheque (al domicilio del solicitante) para Personas Naturales con montos superiores a $3.000.000 y Personas Jurídicas independiente del monto.
Adicionalmente deberá adjuntar el siguiente antecedente:
DOCUMENTO OBLIGATORIO:
Resolución ejecutoriada que pone término al proceso concursal (art 255 Ley 20.720) o Certificado emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento de término de proceso concursal.
Por otra parte, en su solicitud deberá indicar los períodos tributarios que requiere y cualquier otro antecedente que sea relevante.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
El trámite está disponible durante todo el año.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Internet, y presencial