Permite a los Liquidadores (Ley 20.720), solicitar los dineros retenidos por TGR a un contribuyente que se encuentra en proceso de insolvencia, para con estos proceder a pagar a los acreedores.
¿A quién está dirigido?
Liquidadores Titulares (personas naturales) que hayan sido nombrados en el proceso de liquidación concursal.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
ClaveÚnica o Clave Tributaria
Solicitud en línea:
Deberán indicar Nombre y Rut del contribuyente que se encuentra en el proceso concursal de liquidación y adjuntar los siguientes antecedentes, para tramitar su solicitud de devolución:
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
1.- Copia de la resolución de liquidación.
2.-Copia de la junta constitutiva, en la cual y conforme al artículo 196 N°2 de la Ley 20720, el Liquidador solicitante es ratificado como Titular o es un reemplazo de un suplente nombrado en la sentencia de liquidación o en aquellos casos en que no concurran acreedores a la 2° citación, se debe acompañar la certificación del Sr. Secretario del Tribunal conforme al art. 195 de la Ley 20.720
3.- Oficio respuesta de Tesorería ingresado al Tribunal, señalando que existen fondos retenidos disponibles para entregar al Liquidador.
Por otra parte, en su solicitud deberá indicar los períodos tributarios que requiere y cualquier otro antecedente que sea relevante.
En caso que la solicitud genere una devolución, se emitirá cheque a nombre del deudor, el cual será despachado al domicilio que registre el Liquidador en Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento o entregado de acuerdo a los protocolos establecidos para estos efectos.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
El trámite está disponible durante todo el año.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Internet, y presencial.