A los deudores de una Institución de Educación Superior, del Fisco o de ambos acreedores, que registren deuda por Crédito Fiscal Universitario, podrán solicitar la emisión de un Aviso Recibo del formulario 35 “Comprobante de Pago CFU y AR” y/o formulario 36“Crédito fiscal universitario ley N°19.083” para el pago de la cuota anual.
¿A quién está dirigido?
1) El deudor del crédito fiscal universitario, que reprogramo su deuda en virtud de la ley N° 19.083 y sus modificaciones (Formulario 36), o
2) A quien el Servicio de Tesorería otorgó el crédito fiscal universitario de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 4, de 1981 (Formulario 35), que no reprogramo su deuda.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Para efectuar el pago, deberás seguir dos pasos. El primero será solicitar el cupon de pago (Aviso Recibo). Luego de tener el documento de pago, podrás pagar en línea en tgr.cl ó en Instituciones recaudadoras autorizadas de TGR.
Paso 1: obtener cupón de pago
- ingresar a tgr.cl
- Seleccionar desde Menú, "Pagos", "Multas, Patentes y otros "Otros pagos" la opción "Pagar cuotas de crédito Fiscal Universitario"
- El sistema te mostrará información del trámite y te dara acceso a botón "Ingresar al trámite"
- El deudor titular de la deuda deberá autenticarse con su clave única ó clave tributaria y completar la información requerida en el formulario indicando año de la o las cuotas a pagar.
- revisa en tu correo la respuesta a tu solicitud, en donde vendrá adjunto el cupón de pago.
Nota:
- El monto a pagar de cada aviso recibo podrá corresponder al monto total de la cuota anual o al saldo de la misma, con los recargos respectivos, liquidados a la fecha que se indica en el campo “Fecha Liquidación” del aviso recibo, válida hasta la fecha que se señale en el campo “Valido Hasta”.
- De detectarse cualquier irregularidad en los datos que registre el aviso recibo, ya sea por el monto cobrado, error de nombre, número de cuota, etc, se deberán consultar a través del mismo correo que se remita el aviso recibo.
Paso 2: Pagar
- Una vez que reciba el aviso recibo, Ud. dispondrá de las siguientes modalidades para el pago de la cuota:
- Imprimir el aviso recibo y concurrir a una Institución Recaudadora autorizada.
- Pagar en línea. Para ello, junto con la recepción del aviso recibo, en la respuesta al paso 1) se incluye una dirección URL directa a la que puede acceder e ingresar el CID (código inteligente de identificación del cupón de pago) que desea pagar .
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo
Lo que pagas es el valor de la deuda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Disponible por internet con clave única o clave tributaria, para deudores titulares.
¿Tiempo de realización del trámite?
Solicitud en línea que requiere respuesta por parte de nuestros ejecutivos de atención.