Permite a los contribuyentes pagar a la Tesorería General de la República (TGR) una consignación por oferta de pago cuando una persona mantiene pendientes sus obligaciones económicas y el acreedor (casa comercial, entidad bancaria, entre otros) se niega a recibirlo.
Como requisito, se debe realizar previamente una notificación de oferta de pago al acreedor efectuada por un notario, receptor judicial u oficial de Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). Si el acreedor no la acepta, el deudor puede solicitar a TGR la confección del Formulario 89 “Consignación Deuda Morosa” e ingresar esa oferta de pago.
Importante: Una vez efectuada la consignación de los dineros respectivos, es responsabilidad del deudor (consignante) notificar al acreedor respecto de la existencia de estos montos disponibles a su favor en el Servicio de Tesorerías.
¿A quién está dirigido?
Las personas naturales o jurídicas, que contrajeron una deuda con un particular, ya sean entidades bancarias, casas comerciales o cualquier tipo de deudas, y efectuó una oferta de pago, la que es notificada al acreedor directamente por un notario, receptor judicial u oficial del Registro Civil (Ministros de Fe).
Para el caso de trámite en el sitio web, se exceptúan los casos donde:
1) Ofertas de pago, que contemple pagos en cuotas por el monto adeudado o
2) Ofertas de pago realizadas por un ministro de fe en las oficinas del Servicio de Tesorerías, cuando se desconoce el paradero del acreedor, no es habido, o hay incertidumbre acerca de la persona del acreedor.
En estos dos casos, deberá acudirse a efectuar el trámite de manera presencial.
¿Qué necesito para hacer el trámite en línea?
- Oferta de Pago notificada al Acreedor por el ministro de fe respectivo, la cual deberá contemplar firma electrónica avanzada para poder tramitar virtualmente el depósito de la consignación. De no contar con esta formalidad, la consignación de los montos adeudados se deberá realizar en forma presencial en la Tesorería Regional o Provincial correspondiente a su domicilio o del acreedor.
- Deudores personas naturales y jurídicas: El deudor Titular deberá autenticarse con su Clave Única, si es persona natural, o Clave Tributaria, si es persona jurídica, ya que este trámite virtual no se encuentra habilitado para que sea solicitado por representantes legales o sus mandatarios.
- Contar con los datos personales del destinatario de los fondos (nombre, RUT, dirección y comuna).
¿Qué necesito para hacer el trámite Presencial?
● Solicitud en duplicado de la oferta de pago.
● Solicitud dirigida al tesorero respectivo, que incluya: nombre, RUT y domicilio de la persona que presenta la oferta de pago, monto ofertado, detalle de las causas que le inducen a plantear la solicitud y datos personales del destinatario de los fondos (nombre, RUT y dirección).
Preguntas Frecuentes:
¿Qué es una oferta de pago?
La Oferta de Pago es un documento mediante el cual el titular de una deuda contraída entre particulares, notifica al acreedor a través de un ministro de fe sobre la voluntad de pagar los montos adeudados.
¿Qué requisitos debe cumplir la oferta de pago para que sea válida?
Para que la oferta de pago sea válida debe reunir las siguientes circunstancias para efectuar la consignación del monto adeudado en el Servicio de Tesorerías:
- Debe ser extendida por un ministro de fe: Notario, Receptor Judicial u Oficial del Registro Civil en aquellas localidades en que no exista notario, sin previa orden de un tribunal.
- Debe ser acompañada con una minuta que describa el detalle de los valores adeudados a consignar y cómo se efectuará el pago, los antecedentes del deudor y del acreedor (Rut, nombre completo y domicilio).
- Debe ser hecha al acreedor o a su representante legal.
- La deuda se encuentre vencida, es decir, expiro el plazo para su pago.
- Señalar la respuesta del acreedor o su representante de no recibir el pago del monto adeudado.
Guía Online
Para efectuar el pago, deberás seguir dos pasos. El primero será solicitar el cupon de pago (Aviso Recibo). Luego de tener el documento de pago, podrás pagar en línea en tgr.cl ó en Instituciones recaudadoras autorizadas de TGR.
Paso 1: Obtener cupón de pago
- ingresar a tgr.cl
- Seleccionar desde Menú, "Pagos", "Multas, Patentes y Otros", Otros pagos" la opción "Pagar Consignación por Oferta de Pago"
- El sistema te mostrará información del trámite y te dará acceso a botón "Ingresar al trámite"
- El deudor titular de la deuda deberá autenticarse con su clave única ó clave tributaria y completar la información requerida en el formulario y toda la documentación adjunta requisito del trámite.
- Revisa en tu correo la respuesta a tu solicitud, en donde vendrá adjunto el cupón de pago.
Paso 2: Pagar
- Una vez que reciba el aviso recibo, Ud. dispondrá de las siguientes modalidades para el pago de la cuota:
- Imprimir el aviso recibo y concurrir a una Institución Recaudadora autorizada.
- Pagar en línea. Para ello, junto con la recepción del aviso recibo, en la respuesta al paso 1) se incluye una dirección URL directa a la que puede acceder e ingresar el CID (código inteligente de identificación del cupón de pago) que desea pagar .
Guía Oficina
1. Reúna los antecedentes requeridos.
2. Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República (TGR) más cercana a su domicilio.
3. Explique el motivo de su visita: realizar el depósito de consignaciones por oferta de pago.
4. Entregue los antecedentes requeridos, complete el formulario y efectúe el pago.
5. Como resultado del trámite, habrá realizado el depósito. Recibirá un comprobante de pago.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
Trámite disponible todo el año.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Disponible en tgr . cl y de forma presencial