Para disminuir el embargo trabado en un juicio de cobro de obligaciones tributarias, el interesado debe solicitarlo y estar suficientemente garantizado el pago total de la deuda con el embargo ya trabado, incluidos los intereses y multas, y producirse a posterior un pago parcial de la deuda, de modo que el saldo pendiente sea inferior a la deuda primitiva, en una cantidad que resulte significativa.
La disminución que se efectúe deberá ser proporcional al monto pagado y para realizarla debe alzarse parcialmente el embargo trabado o aceptarse en reemplazo del bien embargado primitivamente por otro de menor valor; teniendo especial cuidado que el saldo impago quede suficientemente garantizado con los bienes que permanezcan embargados.
Trámite disponible en
Oficinas de todo el país y Sitio web del Servicio de Tesorería .
Instrucciones trámite en oficina
- Acompañe la presentación mencionada en el campo Documentos requeridos.
- Diríjase a las oficinas de la Tesorería Regional o Provincial más cercana a su domicilio. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:40 a 14:00 horas, excepto Tesorería Provincial de Viña del Mar de 8:30 a 13:30.
- Explique el motivo de su visita solicitar disminución de embargo de bienes.
- Entregue los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos y siga las instrucciones.
- Como resultado del trámite, se disminuirá el embargo de bienes si correspondiere.
Instrucciones Trámite disponible en línea
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BENEFICIARIOS
Contribuyentes a quienes se les ha embargado un bien, han pagado parte de la deuda y los bienes que permanecerían embargados cubren el total de esta con los respectivos recargos legales.
DOCUMENTOS REQUERIDOS
Presentación en la cual se indique motivo por el cual se está solicitando disminución del embargo, se individualice el o los bienes respecto de los cuales se requiere alzar embargo y se indique el Rut del contribuyente a quien se le embargó el bien o bienes.
En el caso de que el solicitante sea una persona distinta del demandado, o este sea una persona jurídica, pinche el link ubicado en la línea inmediatamente inferior para revisar documentos de acreditación requeridos. Pinche Aquí .
Para realizar trámite presencial, puede utilizar el siguiente formulario descargable . Pinche Aquí .
TIEMPO DE REALIZACIÓN
Los tiempos de resolución de la solicitud de disminución de embargo, deberían ser como máximo de 15 días hábiles . Sin perjuicio de lo cual, para que el alzamiento de embargo sea efectivo Tesorería debe solicitar al registro que corresponda, de vehículos motorizados, conservador de Bienes raíces u otros, el alzamiento de embargo, lo que podría demorar más tiempo, plazos que no dependen del Servicio de Tesorería.