El cálculo del beneficio del “Fondo para la Bonificación al Retiro”, se hará de la siguiente manera:
- El bono que se otorga al retiro de los funcionarios Publico, se calcula en base a sus últimas 36 remuneraciones imponibles con un tope de 90 UF, y corresponde a un máximo de 11 meses de remuneración.
- Para el caso de los funcionarios de Gendarmería regulados por la Ley 19.998, se calcula en base a las ultimas 12 remuneraciones, con un máximo de 7 meses.
- De tratarse de un beneficio solicitado en una cuota (letra a) Ley 19.882), el “Fondo para la Bonificación al Retiro”, a través de TGR aportará al Servicio solicitante, los meses de beneficio que excedan de 5 y con un máximo de 6, de tratarse de la ley 19.882 (general) o los meses de beneficio que excedan de 3 y con un máximo de 4, de tratarse de la ley 19.998 (Gendarmería).
- De tratarse de un beneficio solicitado en 120 cuotas (letra b) Ley 19.882, el aporte del “Fondo para la Bonificación al Retiro” se hará de la misma forma establecida.
En caso de dudas puede comunicarse con nuestro Contact Center: (02) 2768 9800, servicio disponible de lunes a viernes entre 08:30 y 18:30 horas.
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