El interés por cada día de atraso en el pago del aporte, será el que sea superior entre:
- El interés penal equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional a que se refiere el artículo 6° de la Ley N° 18.010, aumentado en un 20%.
- La rentabilidad nominal de los últimos doce meses promedios del Fondo, aumentada en un 20%.
En caso de dudas puede comunicarse con nuestro Contact Center: (02) 2768 9800, servicio disponible de lunes a viernes entre 08:30 y 18:30 horas.
Comentarios
0 comentarios
Inicie sesión para dejar un comentario.