Deberá ser solicitado por el contribuyente en el mes de abril de cada año mediante el código 87 del Formulario 22 “Declaración y Pago de Impuestos Anuales a la Renta” por los medios que establezca el Servicio de Impuestos Internos.
Posterior a ese plazo , la declaración se puede presentar en los tres años siguientes con el cobro de las correspondientes Multas.
En caso de dudas puede comunicarse con nuestro Contact Center: (02) 2768 9800, servicio disponible de lunes a viernes entre 08:30 y 18:30 horas.
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