Las Cuotas Suplementarias corresponden al monto generado al aumentar el valor de las Contribuciones, por efecto de una Retasación Fiscal de la propiedad, realizada por el Servicio de Impuestos Internos y se identifican por el número de cuota que se indica en cada caso:
- Cuota 9 Suplementaria, primer semestre: vencimiento para pago 30 de junio/ 31 de diciembre.
- Cuota 0 Suplementaria, segundo semestre: vencimiento para pago 30 de junio/ 31 de diciembre
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