Permite a los arrendadores de bienes inmuebles particulares, ubicados en zonas urbanas, solicitar a la Tesorería General de la República (TGR) el dinero por concepto de arriendo pagado por el arrendatario a la institución pública.
El arrendador puede dejar una autorización por escrito en la TGR para que la devolución se efectúe a través de un depósito en su cuenta bancaria, o se emita un cheque por correo.
El arrendador tiene hasta tres años para retirar los fondos, en caso contrario, serán transferidos a las arcas fiscales.
El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas regionales de la Tesorería General de la República (TGR).
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas identificadas como arrendadores en el Formulario N°10 (ingresos fiscales, pagos directos), completado previamente por los arrendatarios.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Si se trata del arrendador:
• Cédula de identidad vigente (original y fotocopia por ambos lados).
Si se trata de un tercero:
• Cédula de identidad vigente del contribuyente y del mandatario (original y fotocopia por ambos lados).
• Poder notarial que lo faculta para realizar el trámite.
Si se trata del representante legal:
• Tarjeta RUT del contribuyente (original y fotocopia por ambos lados).
• Cédula de identidad vigente del representante legal (original y fotocopia por ambos lados).
• Fotocopia legalizada de la escritura pública de constitución de la empresa, documento que debe contener:
o Razón social de la empresa.
o Identificación y RUT del representante legal, además de especificar que se encuentra autorizado para efectuar el trámite.
o Lugar donde se extendió la escritura, fecha en que fue otorgada, firma y timbre del notario que la autorizó.
• Certificado de vigencia de la escritura pública.
Si se trata de una persona distinta al representante legal:
• Rol Único Tributario (RUT) del contribuyente.
• Cédula de identidad vigente del representante legal y del mandatario (original y fotocopia).
• Fotocopia legalizada de la escritura pública para certificar que el representante legal está facultado para delegar a uno o más mandatarios la ejecución del trámite.
• Certificado de vigencia de la escritura pública.
• Carta poder legalizada ante notario, que especifique:
o Los datos y el RUT del representante legal.
o Los datos y el RUT del mandatario, junto con indicar que está autorizado para efectuar el trámite.
o Firma del representante legal (mandante).
o Lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado, firma y timbre del notario.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Tesorerías.
Guía Oficina
1. Reúna los antecedentes requeridos.
2. Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República (TGR) más cercana al domicilio que arrienda.
3. Explique el motivo de su visita: solicitar el pago del arriendo de una propiedad particular que se encuentra en las arcas fiscales.
4. Entregue los antecedentes requeridos.
5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el dinero por concepto de arriendo de un inmueble.
Importante:
• La devolución se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes a la solicitud, por medio de la modalidad que elija:
o Cheque a su nombre.
o Depósito en su cuenta bancaria.
Si requiere más información, llame al +56 2 2768 98 00.
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