Permite a jefes superiores o jefatura máxima de los órganos, servicios públicos y municipalidades, solicitar a la Tesorería General de la República el beneficio del pago del Bono post Laboral
Las entidades afectas a esta ley deben dictar el acto administrativo que concede el beneficio adjuntando los documentos que acrediten que la persona cumple con los requisitos para tener derecho y remitirlos luego a la Tesorería más cercana a su jurisdicción.
Una vez recibido los antecedentes, la Tesorería revisa y si la persona cumple con los requisitos, aprueba el pago que se suma a la pensión de vejez del beneficiario y se materializa a través de la AFP o Compañía de Seguros donde la persona se encuentra afiliada.
En caso de no acceder al beneficio, la Tesorería notifica del rechazo al Jefe del Servicio, último empleador.
- El trámite está disponible durante todo el año.
Trámite disponible en:
Instrucciones trámite en oficina:
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Reúna los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos.
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Diríjase a las oficinas de la Tesorería General de la República (TGR) o Provincial que corresponda a la jurisdicción del servicio público. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:40 a 14:00 horas, excepto Tesorería provincial de Viña del Mar de 8:30 a 13:30.
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Explique el motivo de su visita: acceder al beneficio asociado al bono laboral.
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Entregue los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos y siga las instrucciones.
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Como resultado del trámite, será evaluada su solicitud y en caso de ser aceptada recibirá el beneficio del bono laboral. En caso de ser rechazada su solicitud será informado mediante oficio.
BENEFICIARIOS
Jefes superiores de los servicios públicos, rectores de las universidades estatales y alcaldes.
VALOR ANUAL DEL BONO.
Estos valor son establecido según Ley No 20.305, para el periodo 2009-2022
AÑO | VALOR |
2009 | $53.546 |
2010 | $53.546 |
2011 | $55.139 |
2012 | $57.565 |
2013 | $58.428 |
2014 | $60.181 |
2015 | $62.949 |
2016 | $65.719 |
2017 | $67.493 |
2018 | $69.045 |
2019 | $70.840 |
2020 | $72.965 |
2021 | $75.154 |
2022 | $80.565 |
2023 | $90.877 |
DOCUMENTOS REQUERIDOS
- Solicitud de Bono Laboral, debidamente completa, fechada y firmada por el beneficiario y por el funcionario encargado de la recepción en Oficina de Partes.
- Certificado de nacimiento o fotocopia de cédula de identidad.
- Certificado de la Superintendencia de Pensiones que informa la Tasa de Reemplazo Líquida.
- Certificado de afiliación de AFP o Compañía de Seguros y liquidación de pago de pensión actualizada.
- Certificado que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2º, Nº 1, calidad jurídica del funcionario y Nº 2 antigüedad en el servicio.
- Copia del acto administrativo que acredite el cese de funciones.
- Liquidación de remuneración de Diciembre de 2008.
- Si se trata de una postulación conjunta a los beneficios de las leyes especiales al retiro y la del bono post laboral, debe además acompañar la copia de la Carta de renuncia del funcionario donde solicita las bonificaciones al retiro.
TIEMPOS DE REALIZACIÓN
El plazo es de un (1) mes.