Descripción Permite a los beneficiarios de un proyecto forestal aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) solicitar a la Tesorería General de la República (TGR) el pago de la bonificación forestal.
El beneficio se encuentra sujeto a la compensación de deudas fiscales y/o retenciones, tanto para el propietario como para el cesionario del predio, y es excluyente con la
bonificación a la mano de obra en zonas extremas.
El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas regionales de la Tesorería General de la República (TGR).
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas, que figuren en el informe de bonificación forestal emitido por la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
Específicamente, se trata de propietarios que realizan actividades de forestación, recuperación de suelos y/o estabilización de:
• Dunas en suelos frágiles, dañados o en proceso de desertificación.
• Suelos degradados o degradados con pendientes superiores a 100%.
Importante: las personas jurídicas deben mantener actualizado su registro como persona jurídica receptora de fondos.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
• Cédula de identidad vigente.
¿Qué vigencia tiene?
Marco Legal Decreto N° 192, de 1998.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Presencial
Guía Oficina
1. Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República (TGR).
2. Explique el motivo de su visita: solicitar el pago de la bonificación forestal.
3. Como resultado del trámite, habrá solicitado el pago de la bonificación forestal. En un plazo de cinco días hábiles, la TGR depositará el dinero en su cuenta bancaria o emitirá un cheque que será enviado a su domicilio.