Permite a las empresas autorizadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) declarar y pagar los impuestos fiscales ante la Tesorería General de la República (TGR) en moneda extranjera, dólar o euro dependiendo de la divisa que utilice para llevar su contabilidad ó efectuar solicitudes asociadas a pagos en moneda extranjera que se detallan en el apartado "Qué necesito para hacer el trámite".
A través de esta opción dispuesta en el sitio web, podrá solicitar:
Documentos para el pago:
Avisos Recibos para el pago de giros (Formularios 21 o 45), liquidados en dólares o euros, cuya deuda se encuentre en cobranza administrativa o judicial. Para los giros vencidos o por vencer, se deben solicitar al Servicio de Impuestos Internos.
Antecedentes respecto a:
- Cómo y dónde se debe realizar el pago de impuesto en el Servicio de Tesorerías.
- Cargos o descargos de giros informados desde el Servicio de Impuestos Internos (Formulario 21 o 45).
- Giros pendientes de pago, dentro o fuera de plazo.
- Otros antecedentes referidos al pago de impuestos en moneda extranjera.
Importante: Los antecedentes sobre otras materias de tributos en moneda extranjera, se deberán dirigir al Servicio de Impuestos Internos, ya sea que estas correspondan a devoluciones, rectificatorias, liquidaciones de impuestos, etc.
¿A quién está dirigido?
Para los contribuyentes que se encuentren autorizados por el Servicio de Impuestos Internos u obligados a llevar su contabilidad en moneda extranjera, ya sea por aplicación del artículo 18° del Código Tributario o por otra disposición legal, y que declaran y pagan sus impuestos fiscales en dólares y euros en el Servicio de Tesorerías mediante un formulario 21, 22, 45 y 50, según corresponda.
¿Qué necesito para hacer el trámite en línea?
- Clave única o clave tributaria del titular sobre el cual se solicitan los antecedentes. Si el que solicita es un tercero (mandatario o representante legal), deberá efectuar trámite presencial.
- indicar en solicitud el formulario(s) sobre el que efectúa consulta, giros SII o impuesto digital.
- Enviar adjuntos que respalden su solicitud o ayuden a comprender de mejor forma lo requerido.
¿Qué necesito para hacer el trámite presencial?
● Formulario de pago (21-22-45-50).
● RUT de empresa.
● RUT de la persona que realiza el trámite.
● Indicar medio de pago.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Internet y presencial.
Guía en línea
1. ingrese a tgr . cl
2. Seleccione desde el menú "Pagos", "Multas, Patentes y Otros", "Otros Pagos" la opción "Pagar en Moneda Extranjera".
3. Autentíquese con clave única o clave tributaria. Recordar que este canal de atención sólo esta disponible para titulares del trámite.
4. Complete el formulario con lo requerido y los adjuntos que sirvan para comprender mejor su petición.
5. Un ejecutivo de atención dará respuesta a su solicitud ó solicitará más antecedentes en caso de ser necesario. La vía de contacto será el email registrado en su solicitud.
Guía Oficina
1. Reúna los antecedentes requeridos.
2. Diríjase a: oficina de recaudación en Teatinos N°20, piso 8, Santiago
b. Regiones: oficinas de la Tesorería General de la República (TGR).
3. Explique el motivo de su visita: pagar los impuestos fiscales en moneda extranjera.
4. Entregue los antecedentes requeridos y realice el pago.
5. Como resultado del trámite, habrá pagado los impuestos fiscales en moneda extranjera. Recibirá un comprobante de pago.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo. La persona sólo debe pagar el valor del impuesto fiscal en moneda extranjera.
¿Qué vigencia tiene?
El trámite está disponible todo el año
Marco Legal
Circular Normativa N° 155, de la Tesorería General de la República.