Permite pagar a la Tesorería General de la República las multas cursadas por la subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) por infracciones cometidas a la Ley General de Telecomunicaciones.
El infractor debe pagar la multa antes del quinto día hábil, contado desde la fecha de notificación. Si lo hace después de la fecha de vencimiento, se aplicarán intereses.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales y jurídicas sancionadas por la subsecretaría de Telecomunicaciones.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Saber que esta multa se registra en el código 587 (multas art. 38 Ley 18.168 telecomunicaciones) de un formulario 10 "Multas Subtel"
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo, sólo el valor de la multa.
¿Qué vigencia tiene?
El trámite está disponible durante todo el año.
Marco Legal
Ley N° 18.168 del 02-10-1982 General de Telecomunicaciones.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Internet y de forma presencial.
Guía Online
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- F10 Multas Subtel
Te dejamos acá un paso a paso
Si tienes dudas, puedes comunicarte directamente con nosotros vía online o llamando a nuestro Contact Center: (02) 2768 9800, servicio disponible de lunes a viernes entre 08:30 y 18:30 horas.
Guía Oficina
1. Reúna los antecedentes, copia de la resolución que impone la multa.
2. Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República más cercana a su domicilio.
3. Explique el motivo de su visita: pagar las multas cursadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Como resultado del trámite recibirá un comprobante que deberá pagar en las oficinas de la Tesorería General de la República (TGR) o en las Instituciones Recaudadoras Autorizadas.
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