Es una opción voluntaria a la que pueden acogerse los contribuyentes que quieran regularizar la situación de los bienes de cualquier clase, divisas o rentas, que se encuentren en el extranjero y que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los tributos correspondientes en Chile.
Importante: Es un impuesto único y sustitutivo, con una tasa de 12%, sobre el valor de los bienes o rentas determinado por el contribuyente. |
Personas naturales y jurídicas que quieran regularizar su situación
- El contribuyente debe realizar su declaración en SII en el formulario 1920
- El impuesto se puede pagar en pesos en cualquier Institución Recaudadora Autorizada que tenga convenio con la Tesorería General de la República.
- El impuesto se puede pagar en moneda extranjera, en caso de haberlo solicitado. Este pago se debe realizar exclusivamente en la página de TGR,
- Desde el 01 de noviembre del 2024 y hasta el 30 de noviembre del 2024 en la página del SII.