A) Documentos Obligatorios - Persona Natural situación económica crítica acreditable (caso social)
- Poder si es representante de una persona natural o jurídica.
- Solicitud fundada, en la que se indique por que incurrió en la deuda, su intención de regularizarla a través del pago al contado de ésta, indicando el origen de los fondos que destinará al pago.
- Informe socio-económico de asistente social emitido por Municipalidad del domicilio del deudor (u otro organismo público equivalente), o bien, “Cartola Hogar” (certificado emitido por el Ministerio de Desarrollo Social).
*Documentos no debe tener una antigüedad superior a un mes a la fecha de la solicitud." - Declaración Jurada de Bienes ante Notario Público.
*Antigüedad no superior a un mes, respecto de la fecha de solicitud del beneficio de condonación. - Acreditación de ingresos mensuales. Al menos seis últimas liquidaciones de sueldos o remuneraciones, de pago de pensiones, subsidios o rentas, boletas de honorarios emitidas, certificado de cotizaciones previsionales, entre otros.
- Si invoca enfermedades catastróficas, siniestros, haber sido víctima de un delito u otra circunstancia que contraiga su capacidad económica, deberá acompañar documentos que acrediten la situación descrita, fecha de ocurrencia y proyección de gastos asociados a la situación que le afecta.
Notas:
1. Si el representante legal o apoderado no adjunta el mandato, carta poder o escritura, la solicitud no será tramitada.
2. Una vez finalizado el trámite, el requirente recibirá un correo electrónico informando el resultado de su petición. Este correo electrónico puede tener un documento adjunto, en caso contrario esta información será remitida por carta certificada.
B) Documentos Obligatorios - Caso Social Persona Jurídica
- Poder si es representante de una persona natural o jurídica.
- Solicitud fundada que señale por que incurrió en la deuda, su intención de regularizarla a través del pago al contado e indicar el origen de los fondos que destinará al pago.
- Balance del periodo anterior y flujo de caja anual proyectado desde la fecha de la solicitud, con firma, nombre y Rut del emisor, que acrediten su compleja situación económica financiera.
- Boletín laboral y previsional.
- Antecedentes que dan cuenta de la naturaleza jurídica y representación legal de la institución u organismo público, cuando corresponda.
- Certificado de vigencia de personas jurídicas, y Certificado de composición de los órganos de dirección y administración de las personas jurídicas emanado del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Notas:
1. Las Instituciones, Organismos del sector público y Municipalidades, Personas jurídicas sin fines de lucro y Micro y pequeñas empresas bajo situación económica compleja NO DEBEN adjuntar los documentos establecidos en los puntos 3 y 4.
2. Una vez finalizado el trámite, el requirente recibirá un correo electrónico informando el resultado de su petición. Este correo electrónico puede tener un documento adjunto, en caso contrario esta información será remitida por carta certificada.
C) Documentos Obligatorios - Persona Natural o Jurídica que realiza pago superior a 2500 UTM
- Solicitud fundada que señale por que incurrió en la deuda, su intención de regularizarla a través del pago al contado o mediante abonos de al menos 10% de la deuda neta , indicando en ambos casos el origen de los fondos que destinará al pago.
- Declaración jurada de bienes ante notario público.
*Antigüedad no superior a un mes, respecto de la fecha de solicitud del beneficio de condonación y que sean insuficientes para garantizar el total de la deuda. - Pago de 6 ultimas declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA). En caso de haberse adherido al régimen de IVA postergado, que no posea IVA moroso (vencidos y no pagados).
- Flujo de caja actual solo para los casos en que no se paga el total de la deuda ( el pago mínimo 10% de la deuda neta).
- Antecedentes que dan cuenta de la naturaleza jurídica y representación legal de la institución.
- Certificado de vigencia de personas jurídicas.
- Poder si es representante de una persona natural o jurídica.
Notas:
1. Si el representante legal o apoderado no adjunta el mandato, carta poder o escritura, la solicitud no será tramitada.
2. Una vez finalizado el trámite, el requirente recibirá un correo electrónico informando el resultado de su petición. Este correo electrónico puede tener un documento adjunto, en caso contrario esta información será remitida por carta certificada.