Decreto 147 del 18/02/2023,”Establece Medidas de índole tributaria para las regiones de Ñuble, BioBío y de la Araucanía”.
Buenas Noticias! “Convenio pie 0% por medidas tributarias excepcionales para contribuyentes de las regiones de Ñuble, del BioBío y de la Araucanía, afectadas por los incendios forestales. |
Contribuyentes afectados de las regiones de Nuble, del BioBio y de la Araucanía.
- Se realizará a través de una petición del contribuyente, efectuada en el SII, ya sea en el sitio web o presencial.
- Se debe adjuntar declaración jurada simple sobre efectividad del siniestro y puede ser complementada con certificados, fotografías u otros antecedentes.
- Esta solicitud dará origen a una orden de trabajo, la que será analizada y aprobada por el SII.
- Los casos aprobados serán enviados a TGR.
EL PLAZO PARA POSTULAR ES HASTA EL 18/02/2024
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Debe hacerlo en el SII, via web o presencial
Beneficios aplicables a impuestos territoriales, para afectados por incendios forestales.
PAGO
- Prórroga del plazo de pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del año 2023.
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- Cuota 1/2023: Se extiende plazo de pago hasta el 30/04/2024.
- Cuota 2/2023: Se extiende plazo de pago hasta el 30/06/2024.
- Cuota 3/2023: Se extiende plazo de pago hasta el 30/09/2024.
- Cuota 4/2023: Se extiende plazo de pago hasta el 30/11/2024.
- Facilidades de pago aplicables a través de Convenios especiales.
- Condonación de 100% intereses para cuotas históricas. (Pago con cupón de pago).
- Condonación de 100% intereses para pagos de cuotas de contribuciones, cuyo pago se realiza hasta el 31.12.2023.
CONVENIO
- Pie: Desde 0%.
- Cuotas: Hasta 24
- Condonación del 100% de intereses.
NO SE APLICARÁN REAJUSTES
- Decretos N° 51 y 50 del 02/02/2023, 54 y 53 de 04/02/2023 del Ministerio del Interior.
- Decreto 147 del 18/02/2023,”Establece Medidas de índole tributaria para las regiones de Ñuble, BioBío y de la Araucanía”.
Ahora, ¿qué quieres hacer?