Notificación por cédula en el procedimiento de cobro de obligaciones tributarias morosas, es la que realiza el Recaudador fiscal, en los casos en el juez sustanciador o la ley así lo determine, mediante la entrega de una copia de la resolución, de la presentación sobre la que recae ( en caso de que la hubiera) y cualquier otro dato necesario para entender la notificación de que se trate. Se denomina "cedula " al conjunto de documentos que se entregan al contribuyente al momento de notificarlo. Este tipo de notificación se realiza en el domicilio y no es necesario que sea entregada personalmente al deudor pudiendo ser entregada a otra persona adulta del domicilio o fijada en un lugar visible del mismo