IMPORTANTE:
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Bono de apoyo único no reembolsable de $350.000 y de forma adicional, los dueños de los vehículos podrán acceder a un préstamo de emergencia de $320.500 con tasa del 0% de interés real, que podrá ser solicitado hasta tres veces
Beneficios año 2021
Transportistas de taxis, colectivos urbanos y rurales, taxis ejecutivos, de turismo, buses y minibuses urbanos y rurales, además de vehículos del transporte escolar.
Bono de apoyo único no reembolsable de $500.000 y de forma adicional, los dueños de los vehículos podrán acceder a un préstamo de emergencia de $320.500con tasa del 0% de interés real, que podrá ser solicitado hasta tres veces.
Bono de Apoyo – Beneficiarios: Se entregará por única vez, por un monto de $500.000 (quinientos mil pesos). Préstamo estatal solidario: Esta ayuda será financiada con un aporte fiscal, por un monto de $320.500 (trescientos veinte mil quinientos pesos), el cual se podrá solicitar mensualmente, por cada persona natural o jurídica que sea beneficiaria, hasta en tres oportunidades
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Para bono no reembolsable desde el 19 abril 2021 al 18 junio 2021. Préstamo solidario el que podrá solicitarse dos veces entre el 15 de abril y el 15 de julio de 2021, y una vez adicional, entre el1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021
- Se paga a través de Tesorería General de la República.
- Para el bono 20 días hábiles, desde la fecha de la solicitud
En línea en el sitio del ministerio de transporte y telecomunicaciones
Ley 21.323
Beneficios año 2020
Transportistas de taxis, colectivos urbanos y rurales, taxis ejecutivos, de turismo, buses y minibuses urbanos y rurales, además de vehículos del transporte escolar
Bono de apoyo único no reembolsable de$350.000y de forma adicional, los dueños de los vehículos podrán acceder a un préstamo de emergencia de$320.500con tasa del 0% de interés real, que podrá ser solicitado hasta tres veces.
Para bono no reembolsable: desde el 12 de septiembre y hasta el 12 de noviembre del 2020.
Para préstamo tasa 0% interés: durante los próximos días, considerando una cuota al mes: las primeras dos entre septiembre y el 31 de diciembre de 2020 y la tercera, entre marzo y mayo del 2021
- Se paga a través de Tesorería General de la República.
- Para el bono 20 días hábiles, desde la fecha de la solicitud
Marco Legal: Ley 21.256
Preguntas relacionadas
Sí se devuelve. Este se restituirá desde el mes de abril del año 2022 en cuotas mensuales de igual valor, determinadas en unidades de fomento de acuerdo a la fecha de su pago, mediante una cuponera, que podrá ser electrónica, y bajo un convenio de pago con la Tesorería General de la República. El pago de este préstamo solidario de apoyo se realizará reajustado y sin interés. Para estos efectos, las cuotas se determinarán de la forma en que se señala a continuación:
- Si el beneficiario solicita y recibe el primer préstamo, podrá pagarlo en 6 ó 12 cuotas.
- Si el beneficiario solicita y recibe el segundo préstamo, podrá pagarlo en 6, 12 ó 24 cuotas.
- Si el beneficiario solicita y recibe el tercer préstamo, podrá pagarlo en 12, 24 ó 40 cuotas
No serán sujetas de retenciones ni compensaciones, salvo por solicitud de pensión de alimentos, con un tope del 75%, mediante una sentencia del Poder Judicial.
Este préstamo deberá ser devuelto en cuotas a TGR, a través de la suscripción de un convenio de pago, a partir de septiembre de 2021 y hasta noviembre 2022. Por consiguiente, si el beneficiario toma un crédito, deberá pagarlo en 16 cuotas; si solicita dos créditos, deberá pagarlo en 28 cuotas; y si accede a tres créditos, tendrá que devolverlo en 40 cuotas.
No serán sujetas de retenciones ni compensaciones salvo por solicitud de pensión de alimentos, con un tope del 50%, mediante una sentencia del Poder Judicial