La Ley 18.392 de 1985, más conocida como Ley Navarino, entrega beneficios tributarios y aduaneros para el territorio de la XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena, como una forma de incentivar la inversión en tierras australes.
Esta bonificación consiste en el 20% del valor de las ventas o servicios que hagas al resto del país -que no sea la Zona de Extensión de la Zona Franca de Punta Arenas-, restando el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Si eres persona jurídica, dueña de empresas ubicadas en el territorio de la XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena, puedes acceder a este beneficio.
Los siguientes documentos contemplan una Declaración Jurada y deberán realizarse ante notario con Firma Electrónica Avanzada para que puedan ser utilizados en el trámite en línea. Si no realizas esto, deberás hacer el trámite en forma presencial.
- Presentar tus antecedentes básicos, ya sea como persona natural o empresa. Por ejemplo, tu cédula de identidad y escritura, en caso de Persona Jurídica.
- Llenar la solicitud de bonificación Artículo 10 Ley N° 18.392 de 1985.
- Copia autorizada de la Escritura Pública en la que se redujo la Resolución de Instalación, ampliación, rectificación o renovación de la autorización, que indica el formulario de la primera solicitud de bonificación efectuada.
- Presentar los formularios Detalle Facturas Ventas/Servicios del Período (adjuntando factura declaradas), Detalle de Insumos del Período (adjuntando facturas declaradas), Detalle Pasajeros Turistas (fotocopia cédula de identidad o pasaporte de los pasajeros declarados).
- Dependiendo del rubro de tu empresa, debes presentar también una declaración de empresa beneficiaria de productos cárneos, madera, pesquero artesanal ó pesquero industrial, adjuntando las facturas y guías declaradas.
Además, ten en cuenta que si trabajas con productos provenientes de la pesca artesanal o industrial, también necesitas los siguientes documentos:
- Detalle zarpe de embarcaciones menores a 12 metros extractiva artesanal, visado por la Dirección General de Territorio Marítimo/Capitanía Puerto, o el Detalle embarcaciones industrial con VMS y CMC (Central de Monitoreo control del producto) visado por Servicio Nacional de Pesca.
- Certificado Aeronáutico, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil: Para el caso de empresas de turismo antártico.
- Certificado de adquisición y control de movimientos, emitido por el Servicio Nacional de Pesca, tratándose del producto bacalao de profundidad, de acuerdo a lo señalado en el Ordinario XII/0214/N°E16517 de 18 de octubre de 2017, de ese mismo servicio.
- Tabla de prorrateo por producto. Para el caso de que incluyas en el porcentaje de integración insumos o mano de obra de diversos periodos de producción, deberás reflejar en una tabla de prorrateo, el porcentaje de los valores de cada uno de ellos que incorpora en la mercancía cuya venta se está bonificando. Esta tabla podrá ser entregada digitalmente.
- Planillas de Cotización Previsional de cada uno de sus trabajadores.
- Libro de Remuneraciones
- En el mes de enero de cada año:
- Contrato y anexos al contrato de cada uno de sus trabajadores, los que se deben presentar junto a la solicitud de bonificación de ese período de bonificación.
- Declaración de stock: Para determinar la correcta percepción de la bonificación, en el caso de considerar en el porcentaje de integración a que refiere el artículo 1 de la Ley 18.392, debes declarar los insumos que correspondan a años anteriores al periodo de venta. Es necesario que adjuntes una vez al año la declaración de stock de dichas existencias a diciembre del año respectivo.
- Documento de vigencia de las franquicias de la Ley 18.392 expedido por la Intendencia Regional, el que deberás presentar, al menos una vez en el año, cuya fecha no debe ser superior a 30 días contados desde la fecha de su otorgamiento.
LAS EMPRESAS DEBERÁN CONSIDERAR: - Encontrarse registrado en Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, Ley N°19.862, mediante la opción “Beneficios y Devoluciones” de www.tgr.cl, que se ubica en la parte superior de la pantalla principal, en el menú de la opción “Devoluciones”.
- La Empresa deberá autenticarse con su Clave Tributaria para solicitar la devolución, ya que la solicitud virtual no se encuentra habilitada para sus representantes legales o mandatarios.
Otra documentación, según tu actividad: A fin de entregar como apoyo al analista, se adjunta un cuadro resumen (ver más abajo) con los documentos necesarios dependiendo del rubro a bonificar.
- Presentar el proyecto ante el Intendente Regional, quien resolverá mediante resolución la aprobación de la instalación.
- Se reduce la resolución a escritura pública, la que constará de la firma del Tesorero Regional y del interesado o representante legal.
- Cumplir con la obligación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que les haya afectado.
- Declaración jurada ante notario en el sentido de que las mercancías por las cuales se solicita la bonificación, han cumplido con la exigencia de integración a que se refiere el inciso tercero del artículo 1° de la Ley 18.392.
- Las empresas que desarrollen exclusivamente actividades industriales, mineras, de explotación de las riquezas del mar, de transporte y de turismo, que han sido autorizadas por resolución de la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena.
- Que se instalen físicamente en terrenos ubicados dentro de los límites de la porción del territorio nacional.
- Que su establecimiento y actividad signifique la racional utilización de los recursos naturales y que asegure la preservación de la naturaleza y del medio ambiente.
- Que incorporen en las mercancías que produzcan, a lo menos, un 25% en mano de obra e insumos de la zona delimitada.
Podrás solicitar el pago de la bonificación en cualquier fecha, siempre que los formularios 29 se encuentren declarados y pagados. Además, es necesario que estos tengan que comenzar a pagarse desde la fecha de la escritura pública donde la ex Intendencia Regional, actual Gobernación Regional, autoriza la instalación física de la o las empresas que tengas. Por esto, sólo podrán bonificarse las ventas realizadas a contar de la fecha de la escritura.
Puedes hacer esta solicitud de forma inmediata en la Oficina Virtual de TGR, en la opción Solicitud de bonificación del artículo 10° Ley N°18.392 (Bonificación Ley Navarino), o siguiendo la ruta a continuación:
- Ingresa a tgr.cl.
- En el menú superior, haz click en Beneficios y devoluciones.
- Cuando se despliegue la información, en la opción Beneficios y devoluciones, escoge la opción Bonificación Zonas Extremas.
- En el siguiente paso, ingresa con tu Clave Tributaria (SII) o ClaveÚnica.
Si prefieres, también lo puedes hacer de forma presencial en oficinas de TGR , donde un ejecutivo te ayudará.