Los convenios de pago son un beneficio que te permite pagar deudas por impuestos fiscales, aduaneros o territoriales vencidos, además de multas o giros emitidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Todo esto a través de cuotas mensuales, de montos iguales, con un tope de hasta 24 meses (2 años) de plazo.
Ojo que las condiciones y el plazo del convenio dependerán de factores como el historial de cumplimiento de convenios anteriores, antigüedad de la deuda, entre otros.
Personas naturales y jurídicas que tengan deudas por impuestos fiscales, aduaneros o territoriales vencidos, multas o giros emitidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
a) Convenios generales: Son aquellos que se amparan en la Política general de Convenios y Condonación de TGR, es decir, se mantienen en el tiempo y siempre están disponibles para que crees uno de ellos en cualquier momento.
En esta categoría se encuentran:
- Convenio para deudas vencidas de Contribuciones. Este convenio da la facilidad para pagar en cuotas tus deudas vencidas de Contribuciones (territoriales).
- Convenio para deudas vencidas de Impuestos Fiscales y Aduaneros. Este convenio da la facilidad de pagar tus deudas vencidas de Impuestos Fiscales y Aduaneros en cuotas mensuales. Con un mínimo de 1 UTM puedes solicitar un convenio de pago en cuotas mensuales.
- Convenio de pago especial (full): Este convenio que se ajusta a cuánto puedes pagar, mientras que en la cuota final pagarás el saldo que no haya sido cubierto en las 23 cuotas anteriores. ¡Ojo! Este beneficio debes gestionarlo exclusivamente en oficinas de TGR, previa revisión de antecedentes.
b) Convenios particulares: Son aquellos convenios destinados a un grupo particular de personas contribuyentes.
En esta categoría se encuentran:
- Convenio de pago del préstamo para Transportistas (MTT).
- Convenio para deudores del Crédito de Educación Superior con Aval del Estado (CAE).
c) Convenios temporales: Son aquellos convenios implementados por un periodo de tiempo determinado, y surgen como respuesta al contexto y las necesidades del país y sus habitantes.
En esta categoría se encuentran:
- Convenio Flexible (válido hasta el 23 de julio del 2021 y luego extendido hasta el 31 de diciembre de 2021)
- Convenio especial durante estado de excepción constitucional (válido hasta septiembre de 2021)
-
Convenio para personas afectadas por incendios Convenio para deudas vencidas de contribuciones, sólo para las regiones de Ñuble, del BioBío y de la Araucanía, afectadas por los incendios forestales. (Decreto 147 del 18/02/2023).
- Para acceder a este convenio, la persona debe realizar una petición en línea o presencial en el Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Aplica para la cuota 1 (abril) , cuota 2 (junio), cuota 3 (septiembre) y cuota 4 (noviembre) del año 2023.
- Pie: Desde 0%. Cuotas: Hasta 24.
- Condonación del 100% de intereses.
-
Convenio para personas afectadas por sistema frontal, convenio para deudas vencidas de contribuciones, sólo para las regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O’higgins, Maule, Ñuble y Biobío afectadas por sistema frontal. (Decreto 944 del 20/07/2023).
-
- Para acceder a este convenio, tu propiedad debe estar en nómina del SII.
- Aplica para las 4 cuotas del año 2023, con vencimiento: primera cuota (30 de abril), segunda cuota (30 de junio), tercera cuota (30 de septiembre) y cuarta cuota (30 de noviembre).
- Pie: Desde 0%. Cuotas: Hasta 24.
- Condonación del 100% de intereses.
-
¡Buenas noticias para ti! Puedes hacer y/o solicitar un convenio, de forma gratuita y en cualquier época del año, a través de tgr.cl con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII), o en oficinas de Tesorería. ¡Ojo! El convenio de pago del Préstamo para Transportistas (MTT) puedes obtenerlo sólo a través de este sitio web.
|
Para todos los tipos de convenios, necesitas:
- Acreditar tu identidad, ya sea a través de tu cédula de identidad (trámite presencial) o con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII) (trámite en línea). En el caso de terceros o personas jurídicas, recuerda revisar los requisitos de acreditación para titulares o terceros.
- Tener una deuda vencida de al menos 1 UTM, según el valor informado al momento de presentar la solicitud.
- No presentar exclusiones, tanto con Servicio de Impuestos Internos o Tesorería General de la República.
En el caso del Convenio de pago especial (full), también debes presentar en oficinas de TGR:
- Antecedentes básicos, ya sea como persona natural o empresa. Por ejemplo, cédula de identidad, poder notarial, escritura de la sociedad, fotocopia de C.I. del representante legal, etc.
- Antecedentes sociales, económicos o de salud, que acrediten la imposibilidad de pagar tu deuda.
¡Ojo! Para crear convenios particulares y temporales, existen otros requisitos que puedes revisar en detalle en sus artículos específicos.
¡No te confíes! Recuerda que las reglas sobre convenios de pago son generales, pero las condiciones específicas de tu convenio de pago siempre estarán expuestas en la resolución que recibas de parte de Tesorería.
|
Todos los convenios de pago están disponibles para ser solicitados en línea o presencial, excepto el del Préstamo para Transportistas (MTT), que solo se puede hacer en tgr.cl.
- En línea:
- Puedes ingresar directamente a la sección Convenios de Pago, o a través de la siguiente ruta:
- Ingresa a tgr.cl, y en la sección de destacados, a la derecha, haz click en el recuadro con el nombre Convenios de Pago.
- Allí, encontrarás diferentes opciones. Escoge Conocer y Crear un convenio de pago.
- Cuando se desplieguen los convenios disponibles, elige el que necesitas, aprieta el botón Solicitar e ingresa con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII).
- Cuando ya hayas ingresado a tu perfil, el sistema de Tesorería te entregará una propuesta de pago, con el número de cuotas y su valor. Recuerda que el convenio estará vigente por el mes, pero algunos de ellos se cobran en UF, por lo que la propuesta será válida solo por el día.
- Si estás de acuerdo con la propuesta, y la aceptas, el sistema te entregará el valor de la cuota inicial, más conocida como cuota pie, la cual tiene vigencia solo por un mes.
- Paga la cuota pie directamente en Convenios de pago, opción Pagar la cuota pie de mi convenio, con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII), o en oficinas de TGR. Recuerda que sólo hagas esto, tu convenio quedará activado.
- Puedes ingresar directamente a la sección Convenios de Pago, o a través de la siguiente ruta:
-
Presencial:
- Ve a una oficina de Tesorería, presenta los antecedentes mencionados anteriormente, e indica que quieres crear un convenio de pago.
- Un ejecutivo será el encargado de revisar tus antecedentes y entregarte una propuesta de pago, con la cantidad de cuotas y su valor.
- Si estás de acuerdo con la propuesta, y la aceptas, el ejecutivo te entregará el valor de la cuota inicial, más conocida como cuota pie.
- Paga tu cuota pie, ya sea a través de tgr.cl con ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII), o en la misma oficina de TGR.
- Luego de realizar el pago de la cuota pie, deberás esperar por la resolución de parte de Tesorería y, ¡listo!, tu convenio de pago estará activado.
¿No conoces tu clasificación de contribuyente? No te preocupes, te puedes dirigir a una oficina de Tesorería y un analista podrá entregarte esta información que necesitas para crear un Convenio de Pago.
|
Si ya pagaste la cuota pie, recibiste la resolución de parte de Tesorería, y tu convenio está activado, el resto de tus cuotas lo puedes pagar de distintas maneras:
- En línea, directamente en Convenios de pago.
- De forma presencial en oficinas de TGR.
- Con cargo directo a tu cuenta corriente o tarjetas de crédito de alguna de las siguientes instituciones bancarias que están asociadas a la Tesorería General de la República.
Todas las cuotas de los convenios de pago vencen el último día de cada mes.
Preguntas relacionadas
-
Todos aquellos impuestos girados por el Servicio de Impuestos Internos (SII), incluido el Impuesto Territorial, como también todos los impuestos y créditos fiscales que se encuentren morosos y por tanto sujetos a la Cobranza Administrativa y Judicial del Servicio de Tesorerías, conforme al artículo 35 del decreto Ley N°1263 sobre Administración Financiera del Estado.
No están acogidas a condonación de multas e intereses, ni a convenios de pago, aquellas obligaciones de dinero que la ley no ha facultado al Servicio de Tesorerías para otorgar estos beneficios.
Puedes optar a un porcentaje de condonación. La cantidad dependerá de la antigüedad de la deuda, es decir, mientras más antigua, menor es el porcentaje de condonación, y el beneficio siempre será mayor en el caso de que crees a un Convenio Total.
Ten en cuenta que los porcentajes de condonación en un convenio son los mismos si los pagas a en línea o de forma presencial en oficinas de TGR. Pero si pagas al contado, sí existen mayores beneficios al hacerlo a través de tgr.cl
Depende del convenio que crees. Existen dos: los Convenios Totales (por la totalidad de la deuda) y Convenios Parciales (por folios), y cada uno tiene distintos beneficios.
¡Ojo! Los convenios parciales sólo se pueden crear en oficinas de Tesorería y no en tgr.cl.
Las cuotas de un convenio están relacionadas con el factor “comportamiento de pago”, es decir, si tu conducta es buena y has cumplido con tus pagos, tienes derecho a 24 cuotas como máximo. Esto aplica para deudas posteriores al 1 de octubre de 2015.
Los tramos de comportamiento pueden ser:
- Bueno: No has tenido convenios anteriores y si fue así, cumpliste en su totalidad o estos se encuentran vigentes.
- Regular: Tienes un convenio de pago caducado en tu historial.
- Malo: Tienes 2 o más convenios de pagos caducados.
No, debes pagar la cuota pie en su totalidad para activar el convenio. Si tienes tarjeta de crédito, puedes pagar con este medio y optar a las cuotas dependiendo de los beneficios de tu banco.
La suspensión de las acciones de cobro se hace una vez que se paga el valor de la cuota pie.
Si tienes una cuota impaga, ésta se cobrará al finalizar tu convenio, en la cuota de ajuste. Además, se sumarán recargos legales de acuerdo a la variación del IPC.
Sí. Dependiendo de la fecha de tu convenio, algunas de las razones para hacerlo caducar son:
Convenios hechos hasta el 28 de febrero de 2018:
Tener deuda en el pago de dos cuotas consecutivas o de cuatro alternadas a lo largo del convenio.
Comprobación de la falsedad de los antecedentes que presentaste en la solicitud de convenio.
No pagar la cuota final o de ajuste, dentro del plazo otorgado para ello.
Convenios hechos desde el 1 de marzo de 2018:
Tener deuda en el pago de tres cuotas consecutivas o alternadas, a lo largo del convenio.
Comprobación de la falsedad de los antecedentes que presentaste en la solicitud de convenio.
No pago de la cuota final o de ajuste, dentro del plazo otorgado para ello.