Las empresas autorizadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) pueden declarar y pagar los impuestos fiscales ante la Tesorería General de la República (TGR) en moneda extranjera, dólar o euro dependiendo de la divisa que utilicen para llevar su contabilidad.
Este pago se puede hacer con vale vista, cheque nominativo o transferencia electrónica. Los cheques o vale vista deben estar extendidos y girados nominativamente a nombre de la Tesorería.
Las personas contribuyentes que se encuentran autorizadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) u obligadas a llevar su contabilidad en moneda extranjera, ya sea por aplicación del artículo 18° del Código Tributario o por otra disposición legal, y que declaran y pagan sus impuestos fiscales en dólares o euros en el Servicio de Tesorerías mediante un formulario 21, 22, 45 y 50, según corresponda.
Si la quieres hacer en línea, debes:
- Tener ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII) del titular sobre el cual se solicitan los antecedentes. Si el que solicita es una tercera persona (mandatario o mandataria, o representante legal), deberá efectuar trámite presencial.
- Indicar en la solicitud el o los formularios sobre los que efectúas consulta, giros SII o impuesto digital.
- Enviar adjuntos que respalden su solicitud o ayuden a comprender de mejor forma lo requerido.
Si prefieres hacer la solicitud de forma presencial, debes presentar la acreditación de persona titular, representante o mandataria según corresponda, y conocer el o los formularios sobre los que efectúas consulta, giros SII o impuesto digital.
Lo puedes hacer ingresando directamente a Solicitud de antecedentes para el pago de impuestos fiscales en moneda extranjera, o siguiendo los pasos a continuación:
- Ingresa a tgr.cl.
- En el menú superior, haz clic en Pagos, y luego en Multas, Patentes y Otros.
- En la opción Otros Pagos, elige Pagar en Moneda Extranjera.
- En la siguiente página, aprieta el botón Ingresar al trámite, e inicia sesión con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII). Recuerda que este canal de atención sólo está disponible para titulares del trámite.
- Completa el formulario con lo requerido y los adjuntos que sirvan para comprender mejor su petición.
- Un ejecutivo de atención dará respuesta a tu solicitud o solicitará más antecedentes, en caso de ser necesario. La vía de contacto será el correo electrónico que registraste en tu solicitud.
También lo puedes hacer de forma presencial en oficinas TGR, presentando los documentos mencionados anteriormente.
Si quieres pagar en línea, y eres el titular, necesitas tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII). Recuerda que el pago se hace a través de la web del Servicios de Impuestos Internos.
Si prefieres pagar de forma presencial, debes presentar:
- Formulario de pago (21, 22, 45 o 50)
- RUT de la empresa
- RUT de la persona que realiza el trámite
- Indicar el medio de pago
Antes de que se cumpla la fecha de vencimiento. Después de eso, la deuda estará sujeta a sujeta a multas e intereses, y además permite a Tesorería iniciar un proceso de cobranza administrativa y judicial.