Si recibiste una multa de parte de algún servicio público -ya sea como persona natural o jurídica, la puedes pagar de forma presencial en oficinas de TGR o de manera online en tgr.cl.
Existen dos formas en las que puedes pagar tus multas en Tesorería:
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Con Formulario: Para pagar ciertas multas debes rellenar un formulario de Declaración y Pago Simultáneo. Los más utilizados son el número 23 para Notarios y Martilleros públicos, y el número 10 que agrupa la mayoría de las multas.
¡Ojo! Este tipo de multas está asociado a un código específico que debes conocer al momento de rellenar el formulario y pagar.
- Con ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII): En este caso no necesitas el formulario de Declaración y Pago Simultáneo. Cuando ingreses a tu cuenta TGR, la información de la multa estará disponible de forma automática, por lo que no tienes saber el código al que corresponde tu multa, o cuál es el valor de tu deuda, ya que es la institución que emitió la multa la que entrega directamente a Tesorería la cantidad del cobro.
Acá te compartimos el listado de multas a pagar con formulario y sus códigos respectivos.
Nombre de la multa |
Código |
Fondo Común Municipal |
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Multas TAG |
548 |
Multa Fotoradares, Ley 19.816 |
549 |
Multa No Pago Tarifa/Peaje |
561 |
Multa Art. 114, Ley 18.290 |
562 |
Multas aplicadas a casinos, Ley 19.995 |
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Artículo 46 |
304 |
Artículo 47 |
305 |
Artículo 48 |
306 |
Artículo 49 |
307 |
Artículo 50 |
308 |
Artículo 51 |
309 |
Artículo 52 |
310 |
Artículo 53 |
311 |
Multas Juzgados |
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Infracción Ley 17.288 |
132 |
Infracción a la Ley del Tabaco |
203 |
Competencia Desleal |
249 |
Multa y Vialidad |
264 |
Bando Militar |
267 |
Infracción a la Ley de Derechos de los Consumidores |
268 |
Art. 42, Ley 20.000 |
273 |
Abigeato |
277 |
Juzgados (amenazas o agresiones a fiscales o defensores públicos) |
280 |
Art. 55R Ley 20.657. Ley que incorpora Mta. a Ley 18.892 [ART.55R] |
583 |
Infraccional Ley de Pesca |
593 |
40% Alcoholes. Ley 19.925 |
780 |
Multas Ley de Transparencia |
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Por incumplimiento injustificado de las normas de Transparencia Activa. Art. 47 Ley 20.285 sobre acceso a la información pública. |
300 |
Por denegar infundadamente el acceso a la información, Art. 45 Ley 20.285 sobre acceso a la información pública. |
321 |
Por no entregar en forma oportuna la información solicitada por resolución a Firme. Art. 46 Ley 20.285 sobre acceso a la información pública. |
322 |
Multas Subtel |
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Art.36 Ley 18.168 Telecomunicaciones |
585 |
Art. 38 Ley 18.168 Telecomunicaciones |
587 |
Servicios de Libre Recepción o Radiodifusión |
586 |
Multas aplicadas por servicios públicos |
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Superintendencia Valores y Seguros |
260 |
Síndico |
278 |
Unidad de Análisis Financiero |
279 |
Superintendencia de Servicios Sanitarios |
284 |
Otras multas |
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Consejo Nacional de Televisión |
247 |
Covid-19 (Art. 318 del Código Penal) |
880 |
Isla de Pascua Infracción Ley 21.070 |
497 |
Recuerda que existen otras multas que se cargan directamente en tu cuenta TGR y para ellas no necesitas un código.
¡Costo cero! El trámite de pagar multas no tiene cobro extra. Si lo haces dentro del plazo establecido, sólo debes pagar el valor de la multa, si no, también tendrás que pagar los intereses. Recuerda que puedes pagar durante todo el año en tgr.cl o de forma presencial en oficinas de Tesorería.
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Para las multas que se pagan a través de formulario, además de tus datos personales, es fundamental que conozcas el código y nombre del formulario a través del que debes pagar. También conocer el valor de tu multa, y en que código debes ingresar esa cifra, porque lo debes hacer de manera manual. Esto, tanto para pagar a través de tgr.cl, como presencial en oficinas TGR.
Por ejemplo, si tienes una multa aplicada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en este caso corresponde al código 0284 (Mult.Su.Serv.Sani), del formulario F10 Pago de multas aplicadas por servicio público. Si tienes una multa de la Unidad de Análisis Financiero por concepto de lavado y blanqueo de activos, te corresponde el código 260 Multas Superintendencia Valores y Seguros del formulario F10 Pago de multas aplicadas por servicio público.
En el caso de las otras multas, sólo necesitas iniciar sesión en tgr.cl, ya que la información necesaria se mostrará de forma automática.
Para las multas que se pagan a través del formulario número 10, puedes acceder directamente a Pago de Multas Aplicadas por Servicio Público, o:
- Ingresa a tgr.cl.
- En el menú superior haz click en Pagos.
- Luego, en Multas, Patentes y otros, selecciona el nombre de tu multa.
- En el formulario de Declaración y Pago rellena los campos con la información solicitada. Recuerda que debes ingresar correctamente el código correspondiente a tu multa, en la casilla respectiva.
- Marca la casilla “No soy un robot” y aprieta Ingresar.
- En el siguiente paso, selecciona la entidad bancaria con la que deseas pagar.
- Luego de pagar, ingresa la dirección de tu correo electrónico para recibir el comprobante de pago en forma electrónica
En el caso de las otras multas, debes ingresar a tgr.cl.
- En el menú superior haz click en Pagos.
- En Multas, Patentes y otros, selecciona el nombre de tu multa.
- Inicia sesión con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII).
- Luego, selecciona la entidad bancaria con la que deseas pagar y al finalizar, no olvides ingresar tu correo electrónico para recibir el comprobante de pago.
Si prefieres pagar de forma presencial, puedes ir a oficinas de TGR y un analista de atención te ayudará. En el caso de que tu multa se pague a través de formulario, lo puedes hacer presentando tu cédula de identidad. Si es una multa que se paga sin formulario, lo puedes hacer tú o un tercero, quien debe contar con la acreditación de identidad respectiva. ¡Ojo! Un tercero no puede pagar una deuda fiscal.
No existe un plazo único para pagar. Depende de cada caso, y de la resolución emitida por la institución que generó tu multa.
El no pago en la fecha establecida, de aquellas multas informadas por las distintas instituciones a TGR, podrían dar paso a acciones de cobranza.
Preguntas relacionadas
No es necesario que sepas de cuánto es tu deuda, ya que la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores (Comisión Ingresa), es la encargada de informar a Tesorería cuál es el valor total.
Si llegases a tener discrepancias con el monto de la deuda, tendrás que realizar una consulta a Comisión Ingresa, en la opción “Sistema de Atención de Consultas”. De existir un error en la deuda registrada, es respondabilidad de Comisión Ingresa de modificar centralizadamente la información que se encuentra cargada en tu Cuenta Única Tributaria (CUT).
Sí. Si no pagas algunas de las cuotas, al final del periodo anual TGR decidirá no renovar el convenio. Además, la Tesorería podrá dar inicio al proceso de cobro judicial de estas deudas, en los siguientes casos:
- En caso que tengas un convenio caducado sin haber celebrado un nuevo convenio de pago.
- Al mes siguiente del vencimiento de la cuota final de un convenio de pago sin haber suscrito uno nuevo.
- Cuando se produzca la caducidad de un tercer convenio de pago.
Si al solicitar el convenio, presentas una renta inferior a la última declarada y requieres de una cuota menor a la propuesta por TGR, deberás presentar la documentación necesaria que permita acreditar tu situación. Por ejemplo:
- Certificado de Cotizaciones o Certificado que acredite no estar afiliado. Puedes obtenerlo a través de la Superintendencia de Pensiones, opción “Consulta de afiliación”.
- Finiquito de trabajo, en caso que te encuentres sin trabajo.
Una vez acreditada tu situación, podrás obtener un convenio de pago con una cuota de menor valor, siempre y cuando no sea inferior al 10% de una UTM, correspondiente al mes en el cual se desea generar el convenio.
Lo puedes hacer de manera online ingresando a tgr.cl con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII). Luego:
- En el menú superior, escoge la opción Pagos.
- Después, en Pagos de Impuestos, ve a Impuestos Fiscales.
- Haz click en Pago de Impuestos Fiscales y Aduaneros en Línea.
- A continuación verás el valor de tu deuda a través del formulario 34 y allí lo podrás pagar.
Si prefieres hacer el trámite presencial, debes solicitar un comprobante de pago (o aviso recibo) en oficinas de TGR, y pagar directamente en las cajas ubicadas en el lugar, o en una Institución Recaudadora Autorizada. También está la opción de obtener este documento de manera online en directamente en Cupón de pago de impuestos fiscales, o siguiendo esta ruta:
- En el menú superior, escoge la opción Pagos.
- Después, en Pagos de Impuestos, ve a Impuestos Fiscales.
- Haz click en Cupón de pago de Impuestos Fiscales y Aduaneros en Línea.
- En Selecciona tu cupón, elige Generar Cupón de Pago Total de Deudas.